En los últimos años, las Tarjetas Revolving han estado en el ojo del huracán de los usuarios, de los despachos de abogados y plataformas especializadas en este tipo de reclamaciones.
Estos despachos de abogados atraen a los potenciales demandantes sabiendo que en la mayoría de los casos el juicio van a ganar.
De esta manera, pueden hacer Reclamaciones Masivas que suelen ser rápidas y que, supuestamente, no tienen costo alguno o conllevarían un coste bajo para el potencial cliente.
Los clientes suelen pensar que estos despachos les cobrarán entre 100 y 700 euros por llevar su caso a juicio.
Pero no se percatan de la letra pequeña de estos contratos la cuál dice que, en caso de ganar el juicio con costas (que se produce en la mayoría de los casos) éstas son para el despacho. El cliente suele desconocer a cuánto asciende el importe real de dichas costas.
Las costas pertenecen a la parte que gana el juicio, en estos casos al cliente. En algunas ocasiones puede haber algún reparto a sus abogados, pero ésta siempre debe ser voluntaria y transparente», señala Antonio Gallardo, experto financiero de iAhorro. «Lo que desconocen los clientes es que se sus abogados, con las costas, se van a llevar mucho más dinero de lo que suelen recuperar sus clientes por ir a juicio».
¿Por qué algunos despachos piden las costas como parte del cobro por sus servicios?
El experto financiero destaca que esta práctica solo es legal cuando se ha llegado a un acuerdo transparente entre las dos partes «esto es posible siempre que el trato sea proporcional». «Sin embargo, estamos viendo que, en este tipo de procesos donde es muy
seguro que gane el cliente y cantidades sean importantes, que el abogado se lleve el total de las costas es muy desproporcionado y en la mayoría de las ocasiones el cliente desconoce su importe”, apunta.
Pongamos un ejemplo de un cliente que tiene una tarjeta ‘revolving’:
-Ha aplazado sus compras por valor de 4.000 euros con su tarjeta. Ha pagado 2.500 euros en concepto de intereses y sigue teniendo una deuda pendiente de 1.500 euros con el banco, esto es, una parte del principal. Decide llevar a la entidad a juicio y consigue una sentencia a su favor. El banco le tiene que devolver los 2.500 euros de intereses cobrados y, además, tiene que pagarle las costas, que se han tasado en 2.500 euros.
El ciudadano debería llevarse un total de 5.000 euros y devolverle al banco los 1.500 euros de deuda todavía pendiente. En total, se quedaría con 3.500 euros y de ese dinero, cubriría los costes pactados con el abogado. Sin embargo, si ha acordado que las costas son para su abogado, se va a llevar como máximo entre 395 y 1.000 euros (dependiendo de los honorarios pactados con el despacho). El abogado, por el contrario, se va a llevar los 2.500 de las costas más el porcentaje del dinero recuperado pactado como sus honorarios.
En algunas ocasiones, los ciudadanos, a pesar de ganar el juicio, siguen teniendo una deuda pendiente con el banco. Ganar el juicio supone que la entidad le devuelva los intereses abusivos cobrados de más, pero no que le condonen el dinero que le han prestado o el principal, si todavía lo debe. Deberá devolverlo al banco de forma inmediata, en el momento que se gana la sentencia.
«Muchos ciudadanos desconocen este punto. Se unen a las reclamaciones sin que su abogado les haya informado de que estarán obligados a afrontar el pago. Incluso si ganan el juicio y que este debe hacerse porque si no la entidad tendrá derecho a demandarles. Un servicio jurídico de calidad siempre debe informarle de las posibles consecuencias de no devolverlo a tiempo», explica el experto financiero de !Ahorro.